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viernes, 29 de noviembre de 2013cermi.es semanal Nº 102

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Aquí nos discriminan

La Audiencia Nacional ignora la Convención de la ONU al denegar la nacionalidad a una persona con discapacidad intelectual

26/11/2013

La sentencia de la Audiencia Nacional que deniega la nacionalidad española a una persona con discapacidad intelectual que aspiraba a ella por no responder correctamente o desconocer cuestiones que se consideran de dominio general, ignora los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que obligan a los Estados parte a prestar apoyos a las personas con discapacidad para su plena igualdad jurídica.

Imagen de la web de la Audiencia NacionalEn el caso sentenciado por la Audiencia, parece claro que a la persona con discapacidad intelectual que solicitaba la nacionalidad española no le han sido proporcionados los apoyos precisos a su situación, otorgándole el mismo trato que a cualquier otro solicitante, lo que vulnera el espíritu y la letra de la Convención de Naciones Unidas, que de este modo no ha visto garantizada su completa igualdad ante la Ley.
 
Cuando la Audiencia Nacional afirma que en los procesos de extranjería y nacionalidad no hay previsiones específicas de igualdad de trato para personas con discapacidad y que por tanto aplica los preceptos generales, ignora que el ordenamiento jurídico es todo uno y que en él se integra la Convención de la ONU, como derecho superior al interno, que sí obliga en sus artículos 12 y 13, entre otros, a garantizar con los apoyos que se requieran el ejercicio pleno de la igualdad ante la Ley de las personas con discapacidad.
 
En este supuesto, a la persona que solicitaba la nacionalidad, por razón de su discapacidad, se le tenían que haber ofrecido apoyos como facilitadores en su interacción con el Registro Civil, así como la realización de ajustes razonables en el cuestionario, para solventar la situación de desigualdad de la que partía.
 
El CERMI lamenta esta sentencia, que adolece de desconocimiento de lo que significa la Convención de Naciones Unidas en materia de derechos de las personas con discapacidad, y espera que el Tribunal Supremo, caso de ser recurrida, la anule y restablezca la posición de igual capacidad ante la Ley de la persona con discapacidad intelectual.
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